Comunicado Decreto 127/14.Nuevo plazo para servicios de Prevención y Salud en el trabajo
2019-04-15
Luego de la reunión del 11 de Abril el Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (CONASSAT) resuelve:

1.
Las empresas con
más de 300 trabajadores deben contar con un servicio integrado al menos por un
Médico y un Técnico Prevencionista o Tecnólogo en Salud Ocupacional, pudiendo
complementarse por Psicólogo y personal de Enfermería. Comienza a regir en mayo 2019.
2.
Las que tengan
entre 50 y 300 trabajadores deben contar con un servicio que podrá ser externo,
integrado por un Médico y un Técnico Prevencionista o Tecnólogo en Salud
Ocupacional, que intervendrá al menos en forma trimestral. Queda sujeto a
estudiar casos concretos para su incorporación progresiva según rama de actividad.
3.
Las que tengan
entre 5 y 50 empleados deben contar con un servicio externo, el que intervendrá
al menos semestralmente. Tiene una prórroga de 18 meses para el cumplimiento de la norma.